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CalculaClaro

Calculadora de indemnización por despido

Calcula la indemnización que te corresponde según el tipo de despido o extinción del contrato, tu antigüedad y tu salario, con los topes legales y el régimen especial de los contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012.

  • Estatuto de los Trabajadores
  • Revisada el 21 de octubre de 2026
  • Gratis y sin registro
Resultado impreso desde Calculadora de indemnización por despido. Estimación orientativa; no sustituye el asesoramiento profesional.
Datos del despido

Si no sabes si tu despido es procedente, compara improcedente y objetivo en el resultado.

La que figura en tu nómina.

Último día de relación laboral.

Último salario anual con pagas extra y complementos salariales fijos.

Opciones de cálculoCómo se cuentan los periodos inferiores a un año.
Prorrateo de la antigüedad

Por meses (habitual): la fracción de mes cuenta como mes completo. Por días: prorrateo exacto.

Cómo se calcula

La indemnización se calcula multiplicando el salario diario por los días de indemnización que corresponden a tu antigüedad:

SupuestoDías por añoTope
Despido improcedente (desde el 12/02/2012)3324 mensualidades
Despido improcedente, tiempo anterior al 12/02/201245720 días (o lo generado antes de 2012, máx. 42 mensualidades)
Despido objetivo procedente y despido colectivo2012 mensualidades
Fin de contrato temporal12 (proporcional)Sin tope
Modificación sustancial de condiciones209 meses
Traslado con cambio de residencia2012 mensualidades
Despido disciplinario procedente0—

Salario regulador

Se toma el último salario bruto anual, incluida la parte proporcional de las pagas extra y los complementos salariales habituales, y se divide entre 365 para obtener el salario diario. Para los topes en mensualidades se usa el salario anual entre 12.

Antigüedad

El Estatuto prorratea por meses los periodos inferiores a un año. Por defecto se computa como mes completo cualquier fracción de mes, criterio habitual de los tribunales; puedes elegir el prorrateo exacto por días. En el fin de contrato temporal se aplica la parte proporcional por días.

Contratos anteriores al 12 de febrero de 2012

Se calculan 45 días por año por el tiempo trabajado hasta el 11/02/2012 y 33 días por año desde el 12/02/2012. El total no puede superar 720 días de salario, salvo que el primer periodo ya supere esa cifra: en ese caso el máximo es lo generado hasta 2012, sin pasar de 42 mensualidades.

Recuerda que la indemnización es independiente del finiquito y que, si te quedas en paro, puedes consultar tu prestación por desempleo.

Supuestos y limitaciones

  • Cálculo según el Estatuto de los Trabajadores. Un convenio, un acuerdo de ERE o una sentencia pueden fijar importes superiores.
  • No incluye salarios de tramitación, el despido nulo (readmisión), la indemnización por falta de preaviso ni la de relaciones laborales especiales (alta dirección, empleo del hogar…).
  • Se usa un único salario anual: si tu salario ha variado mucho o tiene partes variables, el salario regulador puede ser distinto.
  • En el fin de contrato temporal, los contratos firmados entre 2011 y 2014 tienen entre 8 y 11 días por año, según su fecha.
  • La exención en el IRPF mostrada es una estimación para el importe legal; lo pactado por encima tributa.

Fuentes oficiales

Los parámetros normativos de esta calculadora están separados del código de la interfaz, versionados por ejercicio y documentados con su fuente. Última consulta: 21/10/2026. Estado: contrastados con documentación oficial; revisión periódica según nuestra política editorial.

Notas sobre los parámetros

  • Los periodos inferiores a un año se prorratean por meses; por defecto se computa como mes completo la fracción de mes, criterio habitual de los tribunales.
  • La exención en el IRPF alcanza la cuantía obligatoria del ET (en despidos objetivos y colectivos, hasta el límite del despido improcedente), con un máximo de 180.000 €.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de indemnización me corresponden por año trabajado?

33 días por año en un despido improcedente (45 por el tiempo anterior al 12/02/2012), 20 días en un despido objetivo o colectivo y 12 días al terminar un contrato temporal. En el despido disciplinario procedente no hay indemnización.

¿Cuál es el máximo de indemnización por despido improcedente?

24 mensualidades para contratos desde el 12/02/2012. Para contratos anteriores, el tope es de 720 días de salario, salvo que por el tiempo anterior a 2012 ya correspondieran más días; en ese caso el máximo es ese importe, sin superar 42 mensualidades.

¿La indemnización por despido paga IRPF?

Está exenta la indemnización obligatoria fijada por el Estatuto de los Trabajadores, con un máximo de 180.000 €. En despidos objetivos y colectivos la exención alcanza hasta el importe del despido improcedente. Lo que se cobre por encima de esos límites tributa como rendimiento del trabajo.

¿Qué salario se usa para calcular la indemnización?

El salario bruto que cobrabas en el momento del despido, incluida la parte proporcional de las pagas extra y los complementos salariales. Se divide entre 365 para obtener el salario diario.

¿Puedo cobrar el paro si me despiden?

Sí, el despido es una situación legal de desempleo. Si tienes al menos 360 días cotizados en los últimos seis años, podrás cobrar la prestación contributiva; la indemnización no reduce el paro.

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