Calculadora de retención de IRPF
Calcula el porcentaje de IRPF que te deben retener en la nómina con el procedimiento general de la Agencia Tributaria, paso a paso, y compáralo de forma orientativa con lo que podrías pagar o recuperar en la declaración de la renta.
- Normativa 2026 (y 2025)
- Revisada el 21 de octubre de 2026
- Gratis y sin registro
Cómo se calcula
La retención sobre rendimientos del trabajo se calcula una vez al año con las retribuciones previstas y se aplica a cada nómina. El procedimiento está en los artículos 80 a 89 del Reglamento del IRPF y es el mismo que usa el servicio de cálculo de retenciones de la Agencia Tributaria.
Escala de retenciones
| Base para calcular el tipo | Tipo |
|---|---|
| De 0 € a 12.450 € | 19 % |
| De 12.450 € a 20.200 € | 24 % |
| De 20.200 € a 35.200 € | 30 % |
| De 35.200 € a 60.000 € | 37 % |
| De 60.000 € a 300.000 € | 45 % |
| Más de 300.000 € | 47 % |
La escala es la misma en 2025 y 2026 y se aplica igual en todo el territorio común: la comunidad autónoma no cambia la retención, pero sí la cuota final de la declaración.
Límites para no retener
No se practica retención si las retribuciones anuales no superan estos importes (art. 81 del Reglamento, redacción del RD 142/2024):
| Situación | Sin hijos | 1 hijo | 2 o más |
|---|---|---|---|
| 1. Monoparental (hijos a cargo en exclusiva) | — | 17.644 € | 18.694 € |
| 2. Cónyuge sin rentas superiores a 1.500 € | 17.197 € | 18.130 € | 19.262 € |
| 3. Otras situaciones | 15.876 € | 16.342 € | 16.867 € |
Si las retribuciones superan el límite pero no 35.200 €, la cuota de retención no puede superar el 43 % de la diferencia entre las retribuciones y ese límite.
Deducción para salarios bajos
Desde 2025 existe una deducción por obtención de rendimientos del trabajo (disposición adicional 61.ª de la Ley del IRPF) que se aplica en la declaración, no en la nómina: hasta 340 € en 2025 y hasta 590,89 € en 2026 para rendimientos del trabajo de hasta 17.094 €, y se reduce hasta desaparecer en 20.048,45 €. Por eso quien cobra el salario mínimo puede tener retención en nómina y recuperarla al declarar.
Para pasar directamente de bruto a neto, usa la calculadora de sueldo neto.
Supuestos y limitaciones
- Rendimientos del trabajo de un único pagador durante todo el año, en territorio común (incluye Ceuta y Melilla con su reducción del 60 %).
- No incluye los territorios forales, las anualidades por alimentos a hijos, las rentas irregulares ni las regularizaciones de la retención a mitad de año.
- Desde el 10/09/2026, los residentes en la isla de La Palma tienen una reducción específica (RDL 23/2026) que no está incluida.
- La comparación con la declaración es orientativa: la cuota real depende de la escala de tu comunidad autónoma, tus deducciones y el resto de tus ingresos.
- Los mínimos por descendientes y ascendientes requieren convivencia y que no tengan rentas superiores a 8.000 € al año.
Fuentes oficiales
Los parámetros normativos de esta calculadora están separados del código de la interfaz, versionados por ejercicio y documentados con su fuente. Última consulta: 21/10/2026. Estado: contrastados con documentación oficial; revisión periódica según nuestra política editorial.
- Agencia Tributaria: retenciones sobre rendimientos del trabajo (algoritmos y servicio de cálculo) · Agencia Tributaria
- Agencia Tributaria: algoritmo de cálculo del tipo de retención 2026 · Agencia Tributaria
- Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, Reglamento del IRPF (texto consolidado; arts. 80 a 89, retenciones) · BOE · BOE-A-2007-6820
- Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (texto consolidado) · BOE · BOE-A-2006-20764
- Real Decreto 142/2024, de 6 de febrero (límites excluyentes de la obligación de retener, art. 81 RIRPF) · BOE · BOE-A-2024-2249
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Notas sobre los parámetros
- El algoritmo de retenciones de 2026 mantiene la escala, la reducción del art. 20 LIRPF y los límites del RD 142/2024.
- Desde el 10/09/2026 el RDL 23/2026 reduce la retención de los residentes en la isla de La Palma; ese supuesto no está incluido.
- La deducción de la DA 61.ª LIRPF (hasta 590,89 €, RDL 5/2026) se aplica en la declaración anual.
- El procedimiento de retención de 2025 mantiene los límites excluyentes del RD 142/2024 (15.876 € en la situación general).
- La deducción de la DA 61.ª LIRPF (hasta 340 €) se aplica en la declaración anual; no reduce la retención mensual.
- La Orden PJC/297/2026 se publicó el 31/03/2026 con efectos desde el 1 de enero de 2026.
- Desde 2026 la tarifa de AT y EP se vincula a la CNAE-2025; el tipo de oficina (1,50 %) es solo una referencia.
Preguntas frecuentes
¿Qué porcentaje de IRPF me corresponde?
Depende de tu salario anual, de tus cotizaciones y de tu situación personal y familiar. No es un porcentaje fijo por tramos: la escala se aplica a una base reducida y se descuenta la parte que corresponde al mínimo personal y familiar, por lo que el tipo efectivo es mucho menor que el tipo marginal.
¿La retención de IRPF es lo que pago de impuestos?
No exactamente. La retención es un pago a cuenta. El impuesto definitivo se calcula en la declaración de la renta, donde se tienen en cuenta la escala autonómica, las deducciones y todos tus ingresos. Si se retuvo de más, Hacienda devuelve la diferencia; si se retuvo de menos, hay que pagarla.
¿Puedo pedir que me retengan más?
Sí. Puedes solicitar a la empresa por escrito un tipo de retención superior al que resulta del cálculo; se mantiene al menos hasta final de año. No puedes pedir que te retengan menos de lo que marca el procedimiento.
¿Por qué me retienen si cobro el salario mínimo?
Porque el límite para no retener (15.876 € en la situación general) es inferior al salario mínimo de 2026 (17.094 € al año). La deducción por obtención de rendimientos del trabajo compensa esa cuota en la declaración de la renta, de modo que normalmente se recupera lo retenido.
¿Qué es el modelo 145?
Es el formulario con el que comunicas a la empresa tu situación personal y familiar (hijos, ascendientes, discapacidad, pensiones compensatorias, préstamo de vivienda anterior a 2013…). Si no lo entregas, la empresa calcula la retención sin esas circunstancias y suele retener más.
¿Cuándo estoy obligado a hacer la declaración de la renta?
Para el ejercicio 2025, con rendimientos del trabajo de un único pagador la obligación empieza a partir de 22.000 € anuales; con varios pagadores, a partir de 15.876 € si lo cobrado del segundo y siguientes supera 1.500 €. Hay otros supuestos, como los autónomos, que siempre deben declarar.